Introducción
La facturación electrónica en España ha dejado de ser una opción para convertirse en una realidad empresarial. Desde hace años, las administraciones públicas y muchas empresas han exigido este formato, pero en 2025 los cambios normativos (Ley Crea y Crece, Reglamento de facturación, y el sistema Veri*Factu) marcan un antes y un después para autónomos, pymes y grandes compañías. Comprender sus implicaciones es clave para cumplir la ley y no perder competitividad.
Marco normativo de la facturación electrónica
- Reglamento de facturación (RD 1619/2012): equipara la factura electrónica a la tradicional, siempre que garantice autenticidad, integridad y legibilidad.
- B2G (Business to Government): obligatoria desde 2015 para proveedores que facturen a la Administración Pública, mediante el Punto General de Entrada FACe y en formato Facturae.
- Ley 18/2022 (Crea y Crece): introduce la obligación progresiva de la facturación electrónica entre empresas y autónomos (B2B). Aún se está pendiente del Real Decreto que establecerá los plazos exactos, pero la norma ya está aprobada.
- Sistema Veri*Factu / SIF: desde 2026, las empresas deberán usar software adaptado para garantizar que los registros no se manipulan. Los plazos varían según el tamaño de la empresa y tipo de impuesto, con excepciones para quienes están en SII.
Ventajas de la facturación electrónica
- Seguridad y trazabilidad de los documentos.
- Ahorro de costes y tiempo frente al papel.
- Agilidad en los cobros, especialmente con grandes clientes y Administraciones.
- Mejor control fiscal y contable, gracias a la digitalización de procesos.
- Obligación legal: adaptarse no es solo una ventaja, sino un requisito.
Diferencia entre Facturación Electrónica y Veri*Factu
Es fundamental no confundir ambos conceptos:
- Facturación Electrónica: regula el formato de la factura y la manera en la que se envía a clientes o proveedores.
- Veri*Factu / SIF: regula el software de facturación, asegurando que los registros son inalterables y se pueden enviar a la Agencia Tributaria.
Ambos sistemas son complementarios y convivirán en los próximos años.
Qué es un economista
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